Pagar impuestos al final de un año fiscal puede volverse un auténtico dolor de cabeza. Saber cuánto hay que pagar y evitar tributar dos veces por desconocimiento es una de las necesidades que tienen todos los empresarios en el país. 

Existen los gastos deducibles de impuestos, pero también está la otra cara de la moneda. Hoy te daremos a conocer cuales son los gastos no deducibles de impuestos.

Siempre la premisa es ahorrar costos, y los impuestos se llevan buena parte de ellos. 

Sin embargo, hay varias herramientas y circunstancias que permiten disminuir el pago que se hace de los impuestos. Los gastos deducibles son aquellos que pueden descontarse de la relación final de lo que se pagará al fisco. 

De la otra cara de la moneda están los gastos no deducibles. Son aquellos que, sin importar su naturaleza, el contribuyente debe asumir en su totalidad. No pueden presentarse para solicitar al SAT un reconocimiento del gasto a favor de la declaración de impuestos.

¿Cuáles son los gastos no deducibles?

Las normas tributarias suelen ser muy específicas sobre cuáles son los gastos que no pueden deducirse. Muchos emprendedores imprimen y guardan los comprobantes electrónicos de cualquier gasto, pensando que en algún momento podrán presentarlos al SAT para solicitar la deducción. 

No en todos los casos esto aplica. Vamos a ver cuáles son los que no se pueden presentar. 

Los pagos por Impuesto sobre rentas del propio contribuyente, ni de terceros, ni las retenciones que se hagan por este concepto. 

Otro ítem son los gastos e inversiones cuando representen los ingresos exentos en relación al total de los ingresos del contribuyente.

Obsequios y atenciones a los clientes

Supongamos que un contribuyente está dedicado a la fabricación de calzado. Decide regalar a sus clientes más fieles, un paño para la limpieza y una palanca calzadora. No lo hace frecuentemente, ni está considerado como parte de los costos operativos. No puede ser considerado deducible. 

Ningún gasto de representación de la empresa ni de sus funcionarios o directivos. Si en el mismo caso, una empresa decide participar en una feria expositiva e invitar a un almuerzo a un cliente especial, este gasto no es deducible de impuestos. 

En el tema de los viajes, hay una franja muy delgada de cuáles son los gastos que pueden presentarse como deducibles de impuestos. Continúa leyendo para conocer más sobre este tema.

Viáticos de viaje, cuándo son deducibles

Los viáticos de viaje, en el interior y en el extranjero, no serán deducibles en las siguientes oportunidades, a saber: 

  • Los que no son destinados al alojamiento, alimentos, transporte y uso o goce temporal de automóviles y kilometraje. 
  • Cuando se apliquen en una franja de 50 kilómetros alrededor del establecimiento comercial del contribuyente. 

Por ejemplo, si el mismo fabricante de calzados va a Nueva York a adquirir materia prima, y en el viaje disfruta de una obra de teatro, no es un gasto deducible. 

Tampoco lo es si en el mismo viaje, adquiere un alimento y en el mismo establecimiento compra una revista. El primer gasto sí es deducible, el segundo no. 

Lo importante es que cada gasto esté reflejado en comprobantes independientes para evitar discrepancias con el SAT. 

Otros gastos no deducibles

Tampoco serán deducibles de impuestos los siguientes gastos: 

  • Sanciones, indemnizaciones por daños y perjuicios o penas convencionales. Si un empleado recibe una multa de tránsito en un auto de la compañía, ese pago no es deducible. 
  • Provisiones para la creación o incremento de reservas complementarias de activos o pasivos. 
  • Otras reservas para el pago de indemnizaciones a personal o pagos por antigüedad. Se considera ahorro y no gasto. 
  • Pérdidas por caso fortuito, por enajenación de bienes o por fuerza mayor. 
  • Pérdidas derivadas de inversiones o gastos no deducibles. Un ejemplo muy popular de este concepto es los gastos de despensa y supermercado que no son deducibles en ningún caso.

La diferencia con los gastos deducibles

Una guía para reconocer los gastos deducibles es saber que estos son los que son imprescindibles para la actividad económica. También, en el caso de las personas físicas, aquellos relacionados con vivienda, salud y educación. 

Contar con una firma de contadores experta en temas tributarios es vital para presentar una declaración de impuestos real y efectiva. El nuevo régimen de confianza simplifica mucho estos trámites, sin embargo, siempre es necesario revisar si los valores que ofrece la calculadora automática del SAT son los correctos. 

Si necesitas una firma de contadores contáctanos. Contamos con un equipo profesional y experto que conoce cómo hacer tu declaración de manera perfecta.

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