Tener una empresa a cargo implica múltiples responsabilidades fiscales. En nuestro país es necesario conocerlas porque en muchos casos depende del empleador apoyar al trabajador en su proceso de declaración de impuestos.
Los retrasos en la entrega de información o en la declaración pueden acarrear sanciones a ambas figuras, tanto al empleador como al trabajador.
En el caso de los empleadores, las obligaciones fiscales pasan por la adecuada retención de impuestos y por el pago de los impuestos regionales de nómina.
Vamos a ahondar más en cada uno de estos temas.
Las obligaciones fiscales como empleador
La ley mexicana distingue cuatro obligaciones fiscales como empleador fundamentales. Estas son:
- Efectuar retenciones de impuesto sobre la renta a tus trabajadores. Las retenciones son un impuesto directo que se aplica a los ingresos que incrementen el patrimonio de un contribuyente, en este caso de una persona física. Los empleadores deben entregar sus retenciones al SAT mensualmente, en la misma fecha en la que declaran sus impuestos corrientes.
- Si corresponde el caso, el empleador debe entregar al empleado las cantidades en efectivo a su favor por concepto de subsidio al empleo. El subsidio para el empleo es una cantidad que el gobierno entrega al empleador para ser transferida al trabajador. Se hace cuando el ingreso es igual al salario mínimo vigente y busca complementar el ingreso principal.
- Entregar al trabajador la constancia anual de las percepciones y retenciones que les efectúes. Se hace a solicitud del trabajador, y el plazo máximo de entrega es el mes de febrero del año que va a declararse. Esta guía permite conocer al empleado cuánto se le está reteniendo y le servirá para hacer su declaración de impuestos, conocer sus deducciones y saber si está en capacidad de reclamar un gasto a favor.
La declaración normativa, la cuarta obligación
La cuarta obligación fiscal como empleador está relacionada con la declaración normativa. El reglamento apunta a que está en el deber de presentar esta declaración, que incluye cuáles son las personas a las cuales les efectuaste pagos por sueldos.
También debe incluir las personas a las cuales les realizaste pagos por concepto de subsidio al empleo. La fecha tope es el 15 de febrero del siguiente año, y se hace según la declaración informativa múltiple.
El trabajador tiene el derecho a saber
Muchos trabajadores ignoran el alcance del pago de sus impuestos y para algunos esto no significa ninguna preocupación. Sin embargo, el trabajador está en el derecho de conocer cuánto de su sueldo está dedicado a pagar impuestos.
Además, también tiene derecho a recibir toda la información necesaria que verifique y compruebe que ese monto que se le ha descontado del sueldo ha sido efectivamente pagado al SAT.
Una buena idea es organizar charlas y foros informativos, en los cuales se presente la información necesaria. También, explicar cuál es el proceso del pago de los tributos y por qué se hace a algunos trabajadores y a otros no, como por ejemplo en el caso del subsidio al empleo.
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Una firma de contadores
Contratar con una firma de contadores es una ventaja para todas las empresas. Los especialistas en obligaciones fiscales se encargarán de cumplir todos los procesos y los plazos correspondientes. Así se evitan sanciones para la empresa y dejar en condición de insolvencia a los contribuyentes.
La educación es clave y los contadores también podrán explicar a tus empleados el alcance del pago de sus impuestos y cómo se hace. Además, tendrán toda la información a la mano y las declaraciones individuales en caso de que el trabajador la solicite.
Si necesitas un grupo de contadores, no dudes en contactarnos. Nuestro equipo está disponible y recibe actualización permanente para conocer los nuevos cambios que se producen en el SAT y en el novedoso sistema del Régimen Simplificado de Confianza.
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