Una de las partes más importantes de la actividad productiva es la obtención de utilidades. Es el núcleo del negocio y los trabajadores tienen derecho a un porcentaje de lo que obtenga la empresa como parte de las ganancias. El reparto de utilidades es un derecho constitucional en la ley mexicana.  Continua leyendo para saber en que consiste la participación de los trabajadores en las utilidades.

Pero, ¿cómo se calcula este reparto? La ley establece no solo la figura, sino que además reglamenta la forma en la que se hará la distribución. La vigilancia del pago de este concepto la realiza la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo, Profedet.

¿Qué es la participación de los trabajadores en las utilidades?

Como indicamos anteriormente, se trata de un derecho constitucional. El trabajador recibe una porción de lo que su patrón o la empresa para la cual trabaja, recibe como ganancias por la actividad productiva que realiza. 

Es un acto de justicia y de equilibrio, puesto que se parte del principio básico de que, sin el concurso del trabajador, el patrón o la empresa no obtendría ese margen de ganancia. 

La ley establece dos fechas topes para recibir el reparto de utilidades y son: 

  • Trabajadores que laboran para una persona moral, o empresa: 30 de mayo. 
  • Quienes trabajan para una persona física, o patrón: 29 de junio.

¿Cómo se calcula el reparto de utilidades?

La Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas estableció que el monto a repartir es del 10 % de las utilidades netas. 

Luego de procesar todos los costos y obtener la ganancia líquida del negocio, 10 pesos de cada 100 deberán ser repartidos entre los trabajadores. 

El monto a repartir se dividirá en dos partes iguales: 

  • La primera mitad se divide entre todos los trabajadores. Se toma en cuenta el número de días trabajado en el año, sin distingo de las diferencias salariales. 
  • La segunda mitad se reparte en proporción al monto de los salarios recibidos durante el año. 

El salario que se toma en cuenta es la cantidad en efectivo por cuota diaria. Se toma la premisa de que esta cantidad es fija, sin embargo, si hubiese variación se calcula un promedio. 

En este cálculo no se incluye ningún otro concepto, como horas extra, primas, derivados ni ningún otro adicional. Solo el salario básico diario. Si se trata de un trabajador en un cargo de confianza, el salario se calcula en base a sumar el 20 % sobre el más alto de entre los trabajadores sindicalizados o de base.

¿Quiénes tienen derecho al reparto de utilidades?

En el cálculo del reparto de utilidades deberá incluirse a todos los trabajadores en base a los siguientes supuestos: 

  • Haber laborado por más de 60 días en la empresa. No se hace distingos de la condición actual, es decir, si un trabajador ya no forma parte de la compañía o si trabajó por un contrato determinado. 
  • La empresa debe tener ganancias superiores a 300 mil pesos o más
  • Tener más de un año en funcionamiento. 

El reparto de utilidades no aplica en los siguientes casos: 

  • Trabajadores domésticos
  • Artesanos, técnicos, profesionistas y otros que presten su servicio en base a honorarios profesionales
  • Directores, administradores y gerentes generales. 

En el caso de las empresas, están exentas del reparto de utilidades si: 

  • Están en su primer año de funcionamiento
  • Se trata de empresas culturales, asistenciales o de beneficencia
  • El Instituto Mexicano de los Seguros Sociales
  • Tengan un capital inferior al que fija la Secretaría de Trabajo y Previsión Social de acuerdo a su rama de la industria
  • Instituciones de asistencia privada sin ánimo de lucro.

¿Qué días se incluyen en el reparto de utilidades?

Por criterio básico se consideran todos los días laborados. Sin embargo, la ley añade algunas excepciones que también deben ser sumadas, en relación a los días de: 

  • Incapacidad temporal por riesgo de trabajo
  • Permisos con goce de sueldo
  • Períodos perinatales y posnatales
  • Permisos
  • Descansos semanales y por días festivos
  • Períodos de vacaciones. 

El trabajador tiene derecho a recibir sus utilidades en moneda de curso legal, de manera directa e irrenunciable. Además, son de disposición libre y no pueden ser cedidas al patrón o a terceros. No pueden pagarse las utilidades en forma de vales o mercancía.

¿Cómo saber cuánto pagar de utilidades?

Contar con una firma de contadores resulta vital para los grandes cálculos como el pago de utilidades. El sistema sancionatorio es amplio y complejo para aquellas empresas que incumplan con su obligación, o lo hagan de manera incorrecta. Contacta con tu firma de contadores de confianza para determinar los montos exactos. 

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