La declaración anual de impuestos comprende una serie de deducciones personales. Se trata de una serie de conceptos que se han erogado durante el año, y que se restan del monto total a tributar. Las deducciones personales comprenden varios ítems, en varios grupos generales, pero discriminadas de manera específica.
Conocer las deducciones personales es muy útil para lograr reducir el monto de los impuestos a pagar por el ejercicio fiscal. Hay algunas acotaciones en cada caso, por lo que una asesoría fiscal personalizada viene bien para que conozcas cuáles son los ítems que puedes considerar como deducciones personales.
¿Cuáles son las deducciones personales?
Las deducciones personales suelen estar comprendidas en tres grupos amplios. Una consideración general es que se trata de gastos que son necesarios para la vida humana. Estos conjuntos son:
- Salud
- Educación
- Otros.
Vamos a explicar paso a paso cada una de las deducciones personales referidas a cada ámbito. Especificaremos de qué se tratan y qué ítem se comprende en cada una.
Deducciones personales por salud
Todos los años incurrimos en gastos por la prestación de servicios de salud. Las deducciones se aplican si se trata del contribuyente el que ha recibido los servicios, o su cónyuge o concubino, hijos, nietos, padres o abuelos.
Los gastos de salud que se pueden solicitar como deducciones son:
- Honorarios médicos y dentales
- Servicios profesionales de psicología y nutrición
- Gastos de servicios y medicinas incluidos en facturas de hospitales
- Honorarios de enfermeras
- Análisis de laboratorio y estudios de imagenología
- Adquisición o alquiler de equipos para rehabilitación
- Prótesis
- Cualquier tipo de lentes graduados
- Primas por seguros para gastos médicos
En las deducciones referentes a la salud hay dos aclaraciones importantes:
- Los gastos de honorarios médicos son deducibles si se prestan por profesionales con título legal y con registro ante las autoridades educativas.
- La compra de medicamentos en farmacias.
Deducciones personales por educación
Los gastos por educación también se pueden incluir como deducciones personales en la declaración anual de impuestos. Se cuentan los siguientes:
- Colegiaturas en instituciones educativas privadas. Para que se consideren, los institutos deben tener validez oficial de estudios. Incluyen desde educación preescolar hasta bachillerato y tienen un tope anual de deducción.
- Transporte escolar, cuando sea obligatorio en el colegio y para todos.
Las especificaciones para las colegiaturas incluyen:
- Montos. El límite anual de deducción por cada nivel educativo es:
- Prescolar. 14.200 pesos
- Primaria. 12.900 pesos
- Secundaria. 19.900 pesos
- Profesional técnico. 17.100 pesos
- Bachillerato o su equivalente. 24.500 pesos.
Además, hay que tomar en cuenta lo siguiente:
- Se requiere el comprobante de pago
- Si una deducción corresponde a dos niveles educativos diferentes para la misma persona en el mismo año, solo se deduce el monto mayor entre ambos.
No se puede deducir cuotas de inscripción o reinscripción.
Otros gastos
Entre las deducciones personales también se pueden incluir los siguientes gastos:
- Servicios funerarios, para cualquier persona dependiente del contribuyente
- Intereses reales y devengados y ya pagados por créditos hipotecarios
- Donativos realizados a instituciones que estén inscritas y autorizadas a recibirlos
- Aportes voluntarios a planes de retiro
- Pago por impuestos locales por salarios.
En este apartado hay varias excepciones que son:
- No se deduce de impuesto si el monto de créditos hipotecarios excede las 750 mil unidades de inversión
- Las donaciones no deben implicar un servicio a cambio
- El monto de las donaciones no puede exceder el 7 % del monto total declarado en el año anterior.
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Condición básica para las deducciones personales
Todas las deducciones personales para ser consideradas no deben hacerse en efectivo. Se pueden hacer mediante:
- Cheque nominativo de la cuenta del contribuyente
- Transferencia electrónica
- Tarjeta de crédito, débito o servicios.
Las deducciones personales no deben superar en conjunto cinco Unidades de Medida y Actualización, o el 15 % de tus ingresos anuales. Entre ambos, se elige el monto menor.
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