El nuevo cambio legal propuesto por el SAT
El SAT propuso cambios legales en el Código Fiscal de la Federación para permitir que sus auditores usen instrumentos tecnológicos, con el fin de recabar información en sus visitas de inspección a los contribuyentes.
Este cambio forma parte de reformas propuestas a las leyes fiscales planteadas en el Paquete Económico que la Secretaría de Hacienda entregó al Congreso el pasado martes 8 de septiembre del año en curso 2020.
¿Cuál fue la finalidad de esta propuesta?
El objetivo principal es eliminar posibles irregularidades en los procedimientos de auditoría y realizar notificaciones personales, mediante imágenes o material que sirva como constancia de los bienes y activos que existen en el domicilio fiscal, los cuales quedarán protegidos en términos del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.
Para dar continuidad, el SAT pidió que se modificara el primer párrafo del Artículo 45 del citado Código Fiscal de la Federación.
¿Dónde se establece?
El artículo 45 establece las obligaciones de los contribuyentes al recibir a los auditores, sin embargo, con la nueva propuesta estos podrán recabar imágenes o material que sirva como constancia de los bienes y activos que existen en el domicilio fiscal, mismos que serán protegidos en términos del artículo 69 del propio Código, el cual señala que el personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias, estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes.
Obtención de la información
El SAT indicó que se realizaría de acuerdo con el ejercicio de las facultades de comprobación a las que se refiere el Artículo 42 del Código, fracciónes V y XI; donde se señala que las visitas domiciliarias se llevarán a cabo en el domicilio fiscal, establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o bien, semifijos en la vía pública, de los contribuyentes o asesores fiscales, siempre que se encuentren abiertos al público en general. De igual manera donde se realicen enajenaciones, se presten servicios o contraten el uso o goce temporal de bienes, así como en los lugares donde se almacenen la mercancía, se realicen las actividades relacionadas con las concesiones o autorizaciones, asimismo cualquier padrón o registro en materia aduanera y también donde se presente sus servicios de asesoría fiscal.
AMLO lo descarta
Sin embargo, el pasado jueves, en conferencia de prensa, el presidente Andrés Manuel López Obrador, desechó la idea, y aseguró que el espionaje no tenía cabida en la 4T. Señaló que su gobierno es respetuoso de las libertades y no permitirá ninguna actividad ilegal.
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