30 de junio, nuevo plazo para presentar la declaración anual de personas físicas.

A fin de facilitar que los trámites se realicen desde casa, el SAT extiende el plazo para presentar la declaración anual de personas físicas. Por lo tanto la declaración anual 2019 se podrá realizar hasta el próximo 30 de junio 2020.

¿Cuáles son las razones para extender el plazo?

A fin de implementar la Jornada de Sana Distancia, se puso a disposición del contribuyente la web SAT-ID. Dicha web permite a los contribuyentes generar o actualizar su contraseña sin necesidad de salir de casa.  Por lo anterior  SAT-ID deberia facilitar la presentación de la declaración en el mes de abril, sin embargo, la plataforma reporto muchos fallos.

Desde la llegada del Covid-19 a México, se había solicitando por diversos actores económicos una prórroga para la declaración anual desde el mes de marzo.

La crisis sanitaria del Covid-19 y las fallas en la plataforma SAT-ID fueron determinantes en la decisión del nuevo plazo para presentar la declaración anual de personas físicas.

 

Finalmente el pasado 22 de abril el SAT emitió un comunicado donde se informa sobre dicha prórroga de la declaración anual que corresponde al ejercicio 2019.

Declaración anual personas físicas

El Artículo 150 de la Ley del ISR señala que las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas.

Por otro lado, se dio a conocer la versión anticipada de la primera modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, en cuya regla 13.2 establece que para efectos del artículo 150, primer párrafo de la Ley del ISR, las personas físicas podrán presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio de 2019, a más tardar el 30 de junio de 2020.

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